A discusión de la 75 Legislatura, reforma de protección a periodistas en Michoacán

Boletín Congreso Local Principal

Las y los diputados del Congreso del Estado aprobaron en el pleno, un Ha Lugar a reforma constitucional del Estado.

Bajo la premisa de que el Estado garantice acciones y mecanismos que abonen al desarrollo de programas y políticas públicas para abatir factores de riesgo en contra de las y los comunicadores, la 75 Legislatura de Michoacán abrió la puerta a la discusión de la reforma de protección a periodistas en Michoacán.

Por unanimidad, las y los diputados del Congreso del Estado aprobaron un Ha Lugar a la iniciativa de reforma de la normatividad que rige el ejercicio de la libertad de imprenta y del periodismo.

La Comisión de Puntos Constitucionales fue la encargada de dictaminar el Ha Lugar a la iniciativa presentada por el diputado Oscar Escobar Ledesma, mediante la cual, propone reformar el artículo 8º de la Constitución Política del Estado de Michoacán. 

En este sentido, la propuesta pretende disminuir los factores de riesgo que provoquen agresiones o daño a la integridad física o psicológica, amenaza, hostigamiento o intimidación que por el ejercicio de su actividad sufran locutores, camarógrafos, reporteros, editorialistas, y cualquier persona que ejerza oficios afines al periodismo.

El dictamen establece que la reforma no contraviene las leyes federales ni locales, ya que la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, menciona que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa.

Precisa además que la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio es inviolable; y dentro de la Constitución Política local, se plasma que toda persona tiene derecho a expresar sus ideas, al libre acceso a información plural y oportuna, así como de buscar recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. 

La propuesta fue turnada para su estudio, análisis y dictamen a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos del Congreso del Estado.