A unos días de que vote el senado, ¿de qué se trata la regulación de la marihuana?

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Más de 50 iniciativas en torno a la regulación del uso del cannabis acumula el Congreso de la Unión, los congresos locales se alistan para abordar el tema.

México está ya a unos días de que el Senado llegue a un acuerdo en torno a la legalización, despenalización y regulación del cannabis, puesto que las comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos ya se declararon en sesión permanente para lograr un dictamen que pueda pasar a la Cámara de Diputados para ser votado.

Cámara de diputados
Foto: Internet.


El senado tendrá que dictaminar un total de 11 iniciativas, entre las que se encuentra la de la actual secretaria de Gobernación, Olga Cordero Sánchez, misma que presentó siendo todavía senadora, mientras que mientras la Cámara Baja acumula alrededor de 40.

Olga Sanchez Cordero
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¿En qué consiste?

La propuesta de ley que podría entrar en vigor este año contempla la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control del Cannabis, que tendría la atribución de “regular, reglamentar, monitorear, sancionar, y evaluar el sistema de regulación del cannabis”.


Esta instancia sería también la encargada de determinar la carga fiscal que se aplicaría a los productos derivados de cannabis y de generar políticas públicas encaminadas a la prevención y tratamiento de adicciones.

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Por otro lado, se habla de despenalización porque se estipula que la marihuana se pueda consumir en la vía pública y que se excarcelará a “personas susceptibles de beneficiarse del presente decreto”. Es decir, quienes hayan sido condenados por consumir en la vía pública o por dedicarse al cultivo.
Otro aspecto a considerar, además de los que ya se abordaron con anterioridad, es el de la conformación de cooperativas, que funcionarían como una especie de clubes de consumidores, ya que tendrían prohibido comercializar cannabis a personas que no sean socios de las mismas y cada socio sólo podrá producir un máximo de 480 gramos al año, misma cantidad que puede cultivar un individuo por cuenta propia.

Además se establece que tendrán un máximo de 150 socios y habrá un número limitado de cooperativas en cada entidad, mismas que tendrán que tener un área encargada de brindar información y proporcionar ayuda en caso de adicciones.
Dentro de la justificación del propio proyecto de ley que presentó Sánchez Cordero, se expresa que se está buscando lograr un equilibrio entre la salvaguarda del integridad de los ciudadanos y el desarrollo económico:

El mayor reto al que se enfrenta cualquier modelo de regulación es el de equilibrar el enfoque de salud pública con el interés del comercio. Esto, porque el primero busca minimizar riesgos y daños relacionados con el consumo de cannabis, mientras que el segundo busca promover su uso para obtener mayores ganancias. Ahora bien, el modelo que se propone impulsar es el modelo de regulación legal estricta; es decir, el punto medio entre prohibición absoluta y el libre mercado. (Ley General para la Regulación del Canabis, 2018:4-5)

También plantea despenalizar y regular la siembra, distribución, venta y consumo de cannabis para fines tanto medicinales como lúdicos y entre sus condiciones estipula que el número de licencias será limitado y que sólo se podrá acceder a un tipo de licencia, correspondiente a un momento en la cadena de distribución. Es decir, producción, distribución, empaque, manufactura o venta directa.

Sus puntos débiles:


Probablemente esta intención de equilibrar ambos intereses sea lo que lleve a varias imprecisiones o vacíos en dicha propuesta. En primer lugar, se especifica que las cooperativas se adherirán a la Ley General de Sociedades Cooperativas, pero que no podrán comercializar sus productos con personas que no sean socios, aunque en el primer artículo de la ley en cuestión se detalla que la finalidad de este tipo de sociedades es: “satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios” (Ley General de Sociedades Cooperativas, 1994: 1).

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Por otro lado, deja fuera al Estado de funciones que le corresponden como el tratamiento de adicciones, haciendo responsables a estas figuras de la sociedad civil, pero hace responsable a las instancias de Salud de encargarse del decomiso y aplicación de sanciones administrativas que van desde la clausura de negocios que no cumplan con los lineamientos hasta arresto, lo que no debería considerarse parte de sus atribuciones, puesto que no se trata de un organismo encargado de la procuración de justicia.


Se habla también de la necesidad de que cada individuo que se dedique al autocultivo registre sus plantas de manera anónima ante el instituto regulador, pero no queda claro cómo podrá probar que llevó a cabo el registro si éste fue anónimo.

En lo que se refiere a la investigación, dispone que las personas morales que quieran incursionar en ello tendrán que estar constituidas por al menos un 80 por ciento de mexicanos. Más que benéfico esto podría resultar perjudicial, puesto que no se podría aprovechar del todo el conocimiento tanto empírico como en técnicas ya adquirido por académicos con años de experiencia e otros países. Se trata de una medida proteccionista que busca inhibir la obtención de patentes para empresas o personas de otros países.

El uso médico ya es legal desde 2017, pero no hay reglamento


Esta iniciativa considera todas las posibilidades de uso de la sustancia. Es decir, recreativos, terapéuticos o medicinales, aunque estos últimos ya habían quedado despenalizados desde 2017 a partir de unas reformas que se aplicaron a la Ley General de Salud.

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A mediados del 2017, la Cámara de Diputados aprobó una serie de reformas a la Ley General de Salud para que en el país sea lícito comercializar productos de carácter medicinal con menos de uno por ciento de tetrahidrocanabidiol (THC), el componente de la marihuana que tiene un carácter psicotrópico. Los productos que se encuentran actualmente en el mercado están elaborados a base de cannabidiol (CBD), el componente del cannabis al que se le atribuyen mayor número de propiedades beneficiosas para el tratamiento de los síntomas de enfermedades como epilepsia, cáncer, diabetes, ansiedad, dolor crónico, depresión y otras.


En aquel momento se designó a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) como el organismo encargado de emitir un reglamento y otorgar licencias a los productores. También se aprobó despenalizar el cultivo para fines de investigación.

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Con el cambio de gobierno federal, la Cofepris retiró el reglamento vigente y revocó los permisos bajo el argumento de que se habían otorgado a productos que no tenían fines medicinales sino cosméticos y que contenían más THC del permitido.

La dependencia aseguró crearía uno nuevo, pero pasaron meses sin que esto sucediera, lo que llevó a que padres de niños enfermos de epilepsia recurrieran a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El órgano de justicia les dio la razón y ordenó a la Comisión emitir un nuevo reglamento en los próximos seis meses.
A la fecha, la instancia todavía no ha emitido el reglamento, pero los pacientes pueden acceder a los productos a través de ventas por internet o contacto directo con los productores. Esto encarece los precios y favorece la creación de oligopolios.

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