Cómo habilitar tu buzón tributario para evitar multas del SAT

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No cumplir con este requerimiento del SAT podría derivar en multas que van de los 3,080 a los 9,250 pesos.

Hace unos días el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que los contribuyentes que no actualicen su Buzón Tributario serían acreedores a sanciones que superan los 9,000 pesos; y por ello comparte una guía para que los usuarios mantengan al corriente esta herramienta de comunicación.

El Buzón Tributario sirve para que el SAT y los contribuyentes estén comunicados, y mediante el cual puede enviarle notificaciones, información para el cumplimiento de obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite.


A hora, la revisión de dichas notificaciones no será opcional, y el contribuyente deberá habilitar su buzón con el registro de mecanismos de comunicación, como una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono celular, no hacerlo derivaría en una multa que puede ir de los 3,080 a los 9,250 pesos.

Paso a paso para habilitar Buzón Tributario
Para activar/actualizar este buzón, de acuerdo con el SAT, basta con registar un email o un número celular, los cuales servirán como medios de contacto para enviarte los avisos electrónicos.

El contribuyente debe ingresar a la página del SAT y dar clic en “Buzón Tributario“, donde para iniciar sesión necesitará su contraseña y/o e.firma, según sean personas físicas o morales.

Una vez dentro de su sesión, deberá buscar “Configuración” en el Menú de accesos rápidos (icono de una silueta de usuario), donde aparecerá, de forma automática, el formulario de medios de contacto, en el cual podrá registrar uno o hasta cinco correos electrónicos y/o un número de teléfono celular.


En el caso del celular, recibirás un SMS con un código de activación, el cual deberá ingresar en el formulario de “medios de contacto” y dar clic en el icono de la llave para confirmar el número de teléfono que registraste.

En ambos casos el sistema te indicará que ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.

Si el proceso de confirmación de tus medios de contacto no se completa antes de 72 horas, este y los codigos de activación caducarán y se deberá de reiniciar el proceso.

“Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras. No existe un número máximo de cambios, no obstante, debe haber al menos un medio de contacto registrado”, precisa el SAT en dicha guía disponible en su página web.