En la mira 8 diputados por presuntos actos anticipados de campaña.

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Morelia, Michoacán a 12 de septiembre del 2017.- A cuatro días de que arrancará el proceso electoral 2017-2018, la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE) registra una queja por supuesta promoción indebida de su imagen en contra de diputados locales, federales y un regidor moreliano, querella que será turnada al Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

En entrevista el Vocal Ejecutivo (VE) de la órgano electoral, David Alejandro Delgado Arroyo, detalló que los diputados federales, Fidel Calderón Torreblanca del Partido de la Revolución Democrática (PRD); Daniela de los Santos Torres y Marco Polo Aguirre Chávez del Revolucionario Institucional (PRI); los legisladores locales emanados del tricolor, Mario Armando Mendoza Guzmán y Xóchitl Gabriela Ruiz González; por el Acción Nacional (PAN), Carlos Humberto Quintana Martínez y Andrea Villanueva Cano; y Pascual Sigala Páez del sol azteca y el regidor Osvaldo Ruiz Ramírez, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), son los señalados.

El arbitro electoral indicó que la queja fue presentada por el ciudadano, Sebastián García Martínez, quien no se identificó como afiliado a alguna institución política.

García Martínez detalló en su denuncia que a partir del 15 de agosto los legisladores antes mencionados, iniciaron con la difusión de su imagen fuera de la temporalidad permitida por las autoridades electorales, bajo el argumento de sus informes de actividades legislativas, por lo que desglosó una serie de pruebas como los espectaculares.

En este sentido, el delegado indicó que por instrucciones de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, el INE turnará la queja al Instituto Electoral de Michoacán, órgano que deberá sustanciar y discriminar qué le compete y qué no resolver, al detallar que los asuntos relacionados con la presunta transgresión al artículo 134 constitucional, o de supuestos actos anticipados de campaña o precampaña se resuelven en los tribunales electorales.

“El IEM tendrá que ver los espectaculares que se denunciaron, conseguir el origen del recurso para su pago (pues a decir de los propios legisladores el gasto correspondiente a la publicidad de sus informes legislativos es propio y no del congreso local), todo eso es parte de la sustanciación que tiene que hacer la autoridad electoral local”, indicó.

Delgado Arroyo enfatizó que en el tema de las sanciones existe un problema jurídico, pues si se trata de servidores públicos, y, en caso de que se compruebe la violación a la norma, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) se encontrará en posibilidad de admitir el ha lugar de la sanción, y, en ese caso dar vista al superior jerárquico del servidor público correspondiente.

Mientras que si se comprueba un acto anticipado de precampaña o campaña, las sanciones van desde cinco mil días de salario mínimo, la negativa a la precandidatura y consecuencias en materia de fiscalización que es competencia del INE, y en el caso de que se comprueben gastos anticipados de precampaña, éstos se restarían del monto de los topes de campaña.

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