Poco plausibles legalmente, intenciones del FNF 

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Morelia, Michoacán a 5 de noviembre de 2017.– Aunque a reserva de conocer las particularidades del caso, el vocal ejecutivo de la Junta Local del INE, David Alejandro Arroyo Delgado consideró a primera vista que la intención del Frente Nacional por la Familia (FNF) de publicitar e incluso financiar a algunos candidatos podría contraponerse con la normatividad vigente.

Vocal ejecutivo de la Junta Local del INE, David Alejandro Arroyo Delgado / Foto: ACG

La asociación civil FNF anunció en días su intención de promover el voto hacia determinados candidatos que se suscriban a una agenda que esta organización promoverá, basada en la negativa al aborto, así como a la conformación de familias homoparentales y a la erradicación de la educación sexual y de identidad de género de los programas de estudio. A cambio de esto, el FNF buscará impulsar a dichos candidatos mediante difusión y no descarta, de acuerdo a sus representantes en Michoacán, realizar colectas para aportar recursos económicos a las campañas. [Frente Nacional por la Familia buscará incidir en la elección de 2018]

FNF / Foto: ACG

“Sí tendría que hacer un deslinde público de este apoyo”, consideró Arroyo Delgado en referencia a los candidatos, ya que de otro modo y de acuerdo a tesis jurisprudenciales ya emitidas se les estaría vinculando con la difusión que de ellos haga este frente, lo que se convertiría en un objeto de fiscalización por parte del organismo electoral.  Asimismo, el vocal ejecutivo recordó que existen topes económicos tanto para la búsqueda de firmas de apoyo como para las campañas electorales.

En mayo de este año, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJ) resolvió que los partidos políticos podrán recibir financiamiento privado siempre y cuando éste sea fiscalizable y se ajuste a los topes definidos. Sin embargo, la Ley General en materia de los Delitos Electorales decreta en su artículo 15 una sanción económica y de cinco a 15 años de prisión o más si se trata de un período electoral, a quien reciba recursos prohibidos o que excedan el límite permitido para candidatos o precandidatos.

Ahora bien, aunque los miembros del FNF aseguran no pertenecer a ningún organismo o culto religioso, se caracterizan por enarbolar supuestos valores cristianos y a contar con el apoyo de grupos conservadores radicales e incluso con el respaldo públicos de líderes religiosos como el arzobispo de Guadalajara, José Francisco Robles Ortega y los obispos de Monterrey, Alfonso G. Miranda; Tehuacán,  Rodrigo Aguilar Martínez; Piedras Negras, Alonso Gerardo Garza Treviño; Tlanepantla, Jorge Cuapio Bautista; Monterrey, Juan Armando Pérez Talamantes; Querétaro, Faustino Armendáriz Jiménez y Toluca, Francisco Javier Chavolla Ramos, a decir de un comunicado emitido en 2016 y firmado por ellos mismos y que a la letra dice: “respaldamos y animamos la coalición de grupos que se ha constituido, llamada Frente Nacional por la Familia”.

Esto podría conllevar algunos otros impedimentos legales para apoyar candidatos, ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos decreta en el inciso “e” del artículo 130: “los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios”.

“Debemos entender hoy en día que todos los seres humanos somos poseedores de libertades, pero al mismo tiempo que jugamos diferentes roles de responsabilidad; en el espacio privado cada persona es libre de profesar la libertad de conciencia que le corresponde; pero en el ejercicio de la función pública debe haber varios principios orientadores, entre ellos el laico que significa tomar decisiones con independencia de cualquier tipo de religión”, publicaría David Alejandro Arroyo en su blog el 18 de febrero de 2016.

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