Poder Judicial suspenderá labores hasta el 19 de abril

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Sólo seguirán su curso audiencias de asuntos que se consideran urgentes, como los relacionados con detenidos, alimentos o custodia de menores o solicitudes de atención médica por COVID-19 a personas privadas de su libertad, entre otros


Todas las audiencias de carácter judicial fechadas para después del 19 de marzo y antes del 19 de abril de este año serán reprogramadas, a menos que se trate de asuntos de carácter urgente, por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial del Estado de Michoacán.


Las áreas administrativas, durante este período, estarán laborando únicamente con personal de guardia en un horario de 9:00 a 15:00 horas por parte de personal que no esté en riesgo, es decir, mayores de 60 años, embarazadas, en lactancia o que padezcan alguna enfermedad como diabetes, hipertensión, cáncer o alguna similar.


No habrá servicio tampoco durante ese período en el Centro de Convivencia Familiar del Poder Judicial, al que de acuerdo con el documento asisten semanalmente hasta 500 niños, ya que se considera que se estaría privando a los menores de su derecho a la salud.


Los asuntos que el pleno consideró urgentes y en cuyo caso las audiencias se llevarán a cabo a puerta cerrada y con las medidas de sanidad necesarias son, en materia penal, los que tienen que ver con el ejercicio de acción penal contra un detenido, audiencias de control de detención, ejercicio de acción penal en delitos graves, solicitudes de aprehensión o de prueba anticipada de un fluido corporal, órdenes de protección y diligencias para declaraciones.


En el área familiar, seguirán su curso normal procesos de separación de cónyuges o separación provisional de menores, protección por violencia intrafamiliar y juicios por pensión alimenticia; mientras que en materia de ejecución de penas se atenderán asuntos urgentes sobre condiciones de internamiento, atención médica y planteamientos de revisión médica por COVID-19 a personas en prisión.


En el acuerdo se aclara que no se trata de un listado de carácter limitativo, de modo que podrían existir asuntos no enunciados en el documento que también tengan carácter urgente, de manera que no se detendrán durante este mes.