Adriana Martínez

Propone Adriana Hernández mejorar políticas públicas para personas con discapacidad

Boletín Congreso Local

Presentará la iniciativa que reforma y adiciona la Ley para la inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán de Ocampo.

Morelia, Michoacán.-

“La problemática a la que se enfrentan las personas con discapacidad solo se explica a partir del deficiente diseño y ejecución fallida de las políticas encaminadas a atender las necesidades de las personas afectadas con alguna discapacidad o de la carencia de recursos humanos y materiales para proveerles de satisfactores, además de la poca o nula empatía por parte del resto del conglomerado social”, afirmó la diputada Adriana Hernández Íñiguez.

Lo anterior, tras dar a conocer que este jueves presentará la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán de Ocampo.

La legisladora priísta explicó que su reforma plantea la adición de un artículo 65 bis a efecto de que el Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración Pública, expida permisos temporales de estacionamiento para las personas que tengan alguna discapacidad motora de manera temporal y, en virtud de su condición de discapacidad temporal, no necesariamente requieran de placas especiales para personas con discapacidad.

Aunado a lo anterior, y a fin de mejorar el cuerpo de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, señaló que también se proponen mínimas correcciones tendientes a reparar algunos errores menores de redacción, ya que también se propone el artículo 67-A, que estipula que las personas con discapacidad permanente tienen derecho a recibir un apoyo económico mensual, que será determinado en cada ejercicio fiscal de conformidad con las disponibilidades presupuéstales del Gobierno del Estado.

Explicó que dicho apoyo será entregado a los beneficiarios en forma mensual mediante las instituciones, mecanismos y reglas de operación que se establezcan en el programa respectivo.

Además se propone un artículo 67-B que señala que la Secretaría de Política Social elaborará y mantendrá actualizado el Padrón de beneficiarios del programa respectivo, de acuerdo a la reglamentación en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Tagged