Barandillas

Reprobados en derechos humanos centros de reclusión municipales

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  • La CEDH visitó 109 centros de barandillas en el estado y ni uno solo obtuvo una valoración satisfactoria. La mayoría no cumple satisfactoriamente con garantizar derechos humanos fundamentales.

Morelia, Michoacán.- De 109 centros de detención municipales que visitó la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) para evaluar las condiciones y el trato hacia las personas detenidas por faltas administrativas, ninguno fue catalogado como satisfactorio, mientras que el 20 por ciento se consideraron inaceptables.

Este viernes, el titular de la CEDH dio a conocer los resultados del Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal o Barandillas, en donde se consideró que el nivel de cumplimiento del 62 por ciento de los centros visitados es insuficiente, el 20 por ciento es inaceptable y el 18 por ciento es mejorable. Ninguno se consideró satisfactorio.

Se priorizaron cinco derechos humanos, el de recibir un trato humano y digno, a la legalidad y a la seguridad jurídica, a la salud, a la integridad personal y el de brindar trato equitativo para grupos en situación de vulnerabilidad.

Estos derechos se ponen en riesgo o se vulneran al no realizar un examen médico a todos los detenidos, lo que sucede en el 92 por ciento de los casos. De acuerdo con la CEDH, independientemnte del motivo de la detención, se debe de realizar un examen médico y lo recomendable es que todas las áreas de reclusión municipal cuenten con un área médica con material de primeros auxilios.

Por otro lado, el no contar con un juez calificador puede llevar a “la imposición excesiva, discrecional y sin ninguna regulación de sanciones administrativas”. El 94 por ciento de los centros visitados no cuenta con un juez calificador.

Los centros calificados como inaceptables son el de Tepalcatepec, Arteaga, Erongarícuaro, Huiamba, Lagunillas, Madero, Nocupétaro, Tztzio, Charapan, Salvador Escalante, Tingambato, Ziracuaretiro, Briseñas, Cojumatlán de Régules, Churintzio, Tanhuato, Tlazazalca, Zacapu, Angangueo, Contepec, Senguio, Susupuato y Tuzantla.

Una estancia digna, de acuerdo con la CEDH, es: “que cuenten con las condiciones mínimas de habitabilidad, con celdas que tengan un espacio suficiente, que cuenten con colchón o colchoneta, una adecuada iluminación, visibilidad, ventilación, sanitarios y lavabos que tengan agua corriente”. Además, la alimentación debería ser nutritiva y los internos deberían de contar con acceso directo a agua potable.

Asimismo, la CEDH expone que el uso de esposas únicamente debe darse durante el traslado si se cree que existe riesgo de un intento de evasión o que el detenido podría hacerse daño o dañar a otros o algún bien material.

El organismo también observó que el no contar con un registro de las personas detenidas puede contribuir a la comisión de violaciones graves a derechos humanos, como la desaparición forzada, tratos crueles o tortura.

El 36 por ciento de los registros de los centros que se observaron es deficiente, principalmente porque no existe un libro de gobierno. “Deben contener como elementos mínimos de registro el motivo de detención, la autoridad que la realizó, calificación de la detención, sanción impuesta, tiempo de internación (ingreso y salida), monto de multa, inventario de las pertenencias de los detenidos y registro de llamadas telefónicas”, especifica el informe.

Aunado a esto, no se cuenta con suficiente personal y casi la mitad de los separos que se visitaron no cuentan con accesos adecuados para personas con alguna discapacidad, mientras que el 66 por ciento no tienen un área exclusiva para mujeres.

Lo que propone el organismo es que se destine un mayor recurso económico para llevar a cabo trabajos de reconstrucción y mantenimiento a las áreas de barandillas, que se cuente con un circuito de videovigilancia -lo cual no tiene el 84 por ciento de lo centros- y que exista señalización y extinguidores por si se da un caso de incendio.

La CEDH recomienda que en casos de sanciones administrativas se consideren otro tipo de medidas distintas a la privación de la libertad o multas y que se busque que los detenidos acudan a cursos o pláticas de prevención del delito y de adicciones.