TEEM desecha las impugnaciones del Equipo por Michoacán

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Según los magistrados electorales, no hubo suficientes pruebas de la incursión del crimen organizado y si bien sí hubo violación de la veda electoral y videos calumniosos, no se puede comprobar que eso afectó el resultado de la elección.

El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) reiteró la validez del triunfo del candidato de Morena y el Partido del Trabajo (PT), Alfredo Ramírez Bedolla, en la elección de gobernador del estado, aunque se reconoció que hubo irregularidades en el proceso y se recordó que su sentencia puede ser revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En una sesión casi de último minuto, que inició unas horas antes de que se venciera el plazo y luego de varios minutos para esperar que se conectara la proyectista que daría lectura a la ponencia del magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, se fueron rechazando uno a uno los argumentos del Equipo por Michoacán para anular la elección.

Luego, uno a uno los magistrados René Olivos Campos, Alejandro Pérez y Yolanda Camacho aplaudieron su propio trabajo y votaron a favor, por lo que se aprobó por unanimidad.

Según la ponencia del magistrado, con la que estuvieron de acuerdo los demás miembros del pleno, no hubo pruebas suficientes para acreditar que existieron algunas de las cosas denunciadas, como la presencia de grupos armados, la intervención del crimen organizado y de sindicatos, el uso del programa nacional de vacunación contra el covid y el embarazo de urnas.

Por otro lado, los magistrados reconocieron que sí se acreditaron ciertos hechos, como que Raúl Morón cometió actos anticipados de campaña o que él mismo en su calidad de delegado de Morena convocó a rueda de prensa en periodo de veda electoral, que también se hizo proselitismo en tiempos de precampaña y que el Presidente de México emitió declaraciones de carácter electoral en sus conferencias matutinas, argumentaron que no se puede probar que alguna de estas situaciones haya sido un factor que haya incidido en el resultado de la elección.

Hubo otros elementos que también se acreditaron, como la existencia de videos calumniosos en contra de Carlos Herrera Tello acusándolo de corrupción o de otros videos en donde el actor y ex congresista Damián Alcazar llamó al voto por el candidato de Morena, aseguraron que se trata de publicaciones protegidas por la libertad de expresión.

También se acreditó que el Ayuntamiento de Morelia publicó en sus redes sociales propaganda de Alfredo Ramírez, pero para los magistrados sólo se trató de un error y no de una falta.

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