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Fortalece Michoacán el marco jurídico y del reglamento de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado

Para refrendar el compromiso del Gobernador del Estado, Silvano Aureoles Conejo con la conservación y protección del buen manejo de los bosques, entró en vigor el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Michoacán.

Estas nuevas disposiciones legales permitirán que los terrenos forestales que hayan sido afectados por incendios de alto impacto y sean dictaminados técnicamente como de difícil recuperación natural, serán considerados como Región Ecológica Prioritaria, con base en la delimitación del polígono que realice la Comisión Forestal del Estado (Cofom).

Se elaborará un catálogo de predios en esta condición, el cual será público en la página oficial de la Cofom y se notificará a los notarios públicos, a la dirección del Registro Público de la Prioridad y a los ayuntamientos, con el fin de que en los actos de compraventa se verifique sí el predio se encuentra o no sujeto a proceso de restauración.

La Comisión Forestal del Estado realizará visitas de inspección a estos predios para determinar el daño y las medidas urgentes de restauración y deberá proceder la declaratoria por causa de utilidad pública para reforestar el predio independientemente de realizar los procedimientos administrativos y en su caso presentar las denuncias que correspondan.

En caso de que el propietario no proceda a la restauración del predio la Comisión Forestal del Estado podrá hacerlo con cargo al responsable, quien deberá pagar la contraprestación respectiva a través de un crédito fiscal y su recuperación será mediante el procedimiento económico coactivo correspondiente.

La evaluación y seguimiento de las acciones de inspección y vigilancia forestal, estarán bajo la supervisión de un Comité de Evaluación, el que será coordinado y presidido por el director general, con la participación de los titulares de las Secretarías de Gobierno, de Seguridad Pública y la Fiscalía General del Estado.

Aun cuando la legislación federal ya contempla el principio de que quien ocasiona un daño ambiental debe repararlo, en la práctica no existen muchas disposiciones legales para hacerlo; por lo que este decreto al Reglamento de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Michoacán contempla medidas innovadoras específicas para desincentivar el cambio de uso de suelo y favorecer la restauración de los predios afectados por incendios.

Así mismo, el reglamento considera nuevas disposiciones para el Padrón Forestal del Estado relativas a la función y establecimiento de los nuevos centros de transformación y almacenamiento de materias primas forestales.

Cabe destacar que Michoacán es de los pocos estados que cuenta con un Padrón Forestal que permite verificar el correcto funcionamiento de las industrias forestales de la entidad, complementando así la información del registro forestal nacional, ya que en la mayor parte de los casos la autoridad federal no cuenta con el personal suficiente para verificar la veracidad de la información ni la procedencia legal de las materias primas con que se abastecen.

Como parte de las modificaciones al reglamento se establece que la Comisión Forestal del Estado deberá verificar las fuentes de abastecimiento de las materias primas de productos, subproductos y derivados maderables y no maderables.

Anteriormente el reglamento consideraba la posibilidad de la realización de verificaciones, mientras que a partir de ahora esta verificación deberá hacerse de manera obligatoria, para ello la Comisión habilitará un grupo de verificadores acreditados y establecerá un protocolo para la realización de las mismas.

El director de la Comisión Forestal del Estado, Gustavo Sánchez Valle destacó que “con este tipo de disposiciones se fortalece el marco jurídico y reglamento del Estado de Michoacán hacia el futuro para contribuir a detener el cambio de uso de suelo y destrucción de bosques, así como para fortalecer el mercado legal de productos forestales”.

Así mismo precisó “que en México hay estimaciones de que hasta un 70 por ciento de la madera que circula en el mercado es de procedencia ilegal o regular y Michoacán estaría implementando medidas de política forestal innovadoras para hacer frente a este problema”.

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