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Morelia, Michoacán.- Al considerar que no se dio un derecho de audiencia al concejo comunal de Santa María Sevina, Nahuatzen, durante en la asamblea en que la que se determinó su destitución, los magistrados que conforman el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinaron por unanimidad rechazar el recurso en donde se pretendía validar los resultados de esta asamblea.
“El desconocimiento debió realizarse de manera democrática, informada y libre, que los integrantes del concejo comunal fueran escuchados”, fue el argumento que sostuvieron los magistrados para llegar a esta conclusión, por lo que ordenaron al Ayuntamiento de Nahuatzen y al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) que se continúe con el proceso de transferencia de recursos públicos a esta autoridad.
Por otro lado, durante la misma sesión se confirmó que el Ayuntamiento de Nahuatzen persiste sin acatar la sentencia del 19 de julio del 2019 en que se determina que debe entregar el recurso que proporcionalmente corresponde a la cabecera municipal al Concejo Ciudadano Indígena.
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