Tony Martínez busca conciliar objeción de conciencia con derecho a interrumpir un embarazo

Congreso Local Principal Salud

El diputado perredista presentará una iniciativa para que el personal médico pueda apelar a la objeción de conciencia ante un procedimiento de interrupción de un embarazo, pero no ante víctimas de violación.

Morelia, Michoacán.-

Una violación sexual se considerará una urgencia médica, de manera que si la víctima lo solicita, las instituciones públicas de salud tendrán la obligación de realizar un procedimiento de interrupción del embarazo, sin que el personal médico esté obligado a investigar o cuestionar a la paciente y sin que pueda invocar objeción de conciencia, de aprobarse la iniciativa que presentará este miércoles el diputado del PRD Norberto Antonio Martínez Soto.


La ley de Salud en el estado no contempla la posibilidad de objeción de conciencia actualmente, de manera que el diputado propone incluirla, pero con ciertas condicionantes para garantizar el derecho de las víctimas de violencia sexual.
De acuerdo con la exposición de motivos de esta iniciativa, “se entiende la objeción de conciencia como el incumplimiento a una obligación legal, basándose en que dicho cumplimiento lesionaría sus convicciones más íntimas en materia ética, religiosa, moral o filosófica”.
No obstante, prosigue la explicación, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público estipula que no pueden alegarse motivos religiosos para incumplir una normativa y en agosto de este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005 “que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultados de violación sin necesidad de que la víctima a priori denuncie el delito ante el Ministerio Público”.
En atención a esta normativa, es que la propuesta de reforma propone agregar a la ley de salud local la posibilidad de que el personal médico presente objeción de conciencia, siempre y cuando la institución cuente con personal no objetor de conciencia o bien haya posibilidad de canalizar a la paciente a una institución en donde pueda realizarse el procedimiento.
Esto no aplicaría en el caso de una urgencia médica, como pudiera ser que corriera un riesgo la vida de la mujer gestante o bien un embarazo que haya sido producto de una violación. “Cuando se ponga en riesgo la vida del paciente, o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”, dice a la letra la propuesta de reforma.
Asimismo, se establece que el personal médico no tendrá la obligación de investigar, cuestionar o criminalizar y bastará una solicitud firmada bajo protesta de decir verdad por parte de la víctima o bien de sus padres o tutores, en caso de ser menor de 12 años.

Tagged