Funcionarios que no paguen su fianza podrían ser inhabilitados: auditor

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Cerca de 40 funcionarios municipales se ampararon para no pagar las fianzas que establecen la la Constitución estatal y la Ley de Fiscalización. Si no pagan en 20 días se harían acreedores a multas y si no las pagan, a la inhabilitación, explicó Miguel Ángel Aguirre Abellaneda.

Hasta la inhabilitación podrían llegar los funcionarios que no paguen las fianzas que establecen la Constitución del Estado y la Ley de Fiscalización, indicó el auditor superior de Michoacán, Miguel Ángel Aguirre Abellaneda.

Esto a raíz de que 30 funcionarios municipales, en su mayoría síndicos, se han amparado para no hacer frente a esta responsabilidad legal, que según explicó, funciona como una especie de aval del manejo que se dará a los recursos públicos y se les regresa una vez que haya concluido el procedimiento administrativo con la Auditoría Superior de Michoacán (ASM).

“Ayer tuvimos una reunión con los presidentes municipales de Morena que andan inquietos en referencia a la retroactividad. hay varios amparos, andan buscando protección federal, la mayoría se han ido al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) porque alegan que es una cuestión electoral, pero no es un rquisito cuando son candidatos, es un requisito cuando toan el cargo, así que no es una cuestión electoral”,

explicó.

De acuerdo con Aguirre Abellaneda, no es opcional pagar esta fianza, ya que es una disposición legal y se debe pagar un año completo. Es decir, el 2021, año en que dejan el encargo, también deberá pagarse completo.

En cuanto a la retroactividad, el auditor explicó que la discusión radica en que la Ley salió en marzo en 2019 y lo lineamientos hasta mayo de 2020, mientras que ellos entraron en funciones en septiembre del 2018, de modo que consideran que no deben pagar ese período.

“Tienen razón”, coincidió Aguirre, ya que la ley no puede ser retroactiva, pero existe un vacío legal, de modo que es necesario que el Congreso del Estado reforme la Ley de Fiscalización para agregar un artículo transitorio en donde se especifique el pago es anualizado y a partir de cuándo aplica.

Los 40 ayuntamientos que se han amparado lo han hecho en su mayoría a través se sus síndicos y pertenecen a distintos partidos políticos, puntualizó el auditor.

Abundó que la fianza corresponde al tres por ciento del presupuesto de cada Ayuntamiento y que se puede pagar ya sea por medio de un bien o a través de una afianzadora, pero tiene que ser una de las acreditadas por la ASM, que dará a conocer la próxima semana.

El período para hacer este pago vence el 30 de junio, indicó, pero se les brindaron 20 días hábiles adicionales, con lo que vencería a mediados de agosto. De no presentar la fianza, explicó Aguirre, procedería la aplicación de multas y de no cumplir se podría llegar a la inhabilitación.

Esta obligación es individual y quienes tienen que cumplir con ella son los presidentes municipales, síndicos, tesoreros o el responsables de la administración o ejecución de recursos públicos, el titular o responsable del área correspondiente a las obras públicas y el titular o responsable del organismo operador de agua potable y alcantarillado, así como los miembros de los concejos indígenas.

Las fianzas también son aplicables en la administración pública estatal, y están obligados a ellas los titulares de las dependencias de la administración pública centralizada, entidades paraestatales y órganos constitucionales autónomos.

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