Lucila Martínez en el congreso

Lucila Martínez se pronuncia a favor de Ley Olimpia

Boletín Congreso Local

 En Michoacán se debe seguir cristalizando iniciativas y acciones que protejan los derechos de las mujeres, afirmó la diputada presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género en la LXXIV Legislatura Local, Lucila Martínez Manríquez quien manifestó su pleno respaldo a la llamada Ley Olimpia, al referir que se debe castigar con todo rigor a quienes difundan, publiquen o exhiban mediante redes sociales o internet cualquier contenido sexual sin el  consentimiento de la persona que es expuesta.

Al referir que en el país existen graves casos sobre acoso cibernético y la violación de los derechos a la intimidad, que han generado un gran daño a las víctimas y sus familias, consideró que debe aprobarse a la brevedad dicha propuesta impulsada por la activista Olimpia Coral Melo y respalda por el Ejecutivo del Estado, Silvano Aureoles Conejo quien turnó este día la propuesta.

Por ello, consideró apremiante que se reconozca en la Ley la violencia digital como un delito para quien divulgue, compile, comercialice, solicite, publique o amenace con publicar contenido íntimo de una persona sin su consentimiento.

La Ley Olimpia está vigente en varios estados del país y fue nombrada en honor a Olimpia Coral Melo, quien se volvió activista tras la difusión de un video de ella, sin su autorización, que la obligó a enfrentar problemas sociales y falta de apoyo de autoridades y comenzó con un movimiento en defensa de todas.

En dicha propuesta se establece que se sancione con prisión a quienes violenten la intimidad de las mujeres, además de considerables multas económicas, las cuales podrían alcanzar mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo cual considera Lucila Martínez podrá prosperar en Michoacán, porque la defensa de los derechos de las mujeres es un compromiso de todos los que integran la LXXIV Legislatura Local. 

En la propuesta, se establece que comete el delito de divulgación no consentida de imágenes o videos íntimos o sexuales, quien por cualquier medio publique, transmita, copie, reproduzca, modifique, emplee, difunda o comparta fotografías, imágenes, audios o videos con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento a través de cualquier dispositivo electrónico en internet o a través de las tecnologías de la información y telecomunicación.