PRI y PAN también fueron sancionados por temas de fiscalización

Política
  • Los partidos políticos están obligados a fiscalizar recursos del financiamiento privado.
  • Morena fue sancionado con 197 mdp por hacer mal uso del fideicomiso en apoyo a damnificados.

Morelia, Michoacán a 26 de julio de 2018.- El vocal de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Michoacán, David Alejandro Delgado Arroyo, informó que una vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resuelva la impugnación que presentó el partido de Morena a la multa por 197 millones que le impulso el INE, por el presunto mal manejo del fideicomiso “Por los Demás”, constituido para apoyar a los afectados por el sismo del 19 de Septiembre, la sanción monetaria se podría descontar de las prerrogativas del partido.

Indicó que tal como ocurre con otras multas, los recursos deberán ser regresados, pues recordó que sin intencionalidad sobre Morena, otros partidos también fueron multados por una serie de irregularidades detectadas durante el proceso electoral.

Toda vez que a nivel nacional el instituto reconoció, que el fideicomiso no se utilizó con fines electorales, el delegado del INE en la entidad, recordó que existen conceptos básicos que los partidos políticos deben tomar en cuenta, uno de ellos, la rendición de cuentas del financiamiento público; es decir las prerrogativas que reciben como institutos políticos y dos el financiamiento privado, indicador donde Morena presuntamente Morena incumplió y no reportó adecuadamente los recursos.

Asimismo, insistió en que de ninguna forma los partidos políticos pueden entregar apoyos en recursos ni mucho menos en especie, a excepción de la propaganda permitida con fines electorales para su difusión y promoción.

Después de la polémica que se suscitó por la sanción al partido ganador de las elevaciones, ahora la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), se encuentra analizando la información del fideicomiso, para determinar o no la existencia de un delito electoral.

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